- Notas: [En las leyes de la Justa (f. 13r-v) se explicita: “Prohibese que ninguno lleve premio con parto que el no concibio: porque dizen, que ay poetas zanganos que se alimentan con miel agena. Que de ninguna fembra se admitan versos, aunque sea monja, quando no conste que trae licencia del Ordinario para despachar semejantes estafetas: porque se quejan los justadores por claustro que la cortesia las prefiere, y esta es justicia distributiva. Que ninguno (pues aqui nadie es Minerva) corra con peplo su carrera, sino descubierto el rostro: porque es desprecio de las soberanas musas no honrarse mucho con el nectar de sus influencias. Y al fin, que todos den sus versos trasladados de muy buena letra para fijar en la iglesia parroquial de los Santos Martyres, el dia que se han de dar los premios que sera el segundo de pascua de Pentecostes, lunes veinte y ocho de mayo. Y otro para la judicatura. El entrego de los papeles en manos del Secretario ha de ser lunes veinte y uno de el dicho en todo el dia: porque la colocacion aya lugar, y se mire la justicia de cada uno”]