Este trabajo trata de la extension y los limites de la marital correccion, una modalidad de castigo permitida y aceptada socialmente en el Aragon de la Baja Edad Media. En la documentacion de fuentes que acrediten la generalizacion de este correctivo -fisico y psicologico- que "el marido imponia a su mujer legitima para educarla, enderezarla o reconducirla al buen camino (...)" (p. 399) se mencionan dos casos: el ejemplo XXXV de El conde Lucanor, en el que la noche de bodas el marido domestica a una mujer brava a traves del terror, y el Decameron de Boccaccio, en el episodio de la falsa confesion del futuro san Ciapelleto. En este ultimo caso, se critican los excesos de los maridos que iracundos, furiosos, celosos o borrachos propinaban palizas a sus mujeres por causas nimias. Boccaccio aprovecha el ejemplo para criticar a una sociedad que consiente con su silencio esos abusos
Lugar de publicacion original: Zaragoza